El 20 de noviembre de 1959, la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobó la Declaración de los Derechos del Niño, con éstos principios:
1-Los derechos de los niños serán reconocidos sin discriminación por motivos de raza, sexo, idioma, religión, nacionalidad o posición económica.
2-El niño gozará de una protección especial para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual en forma saludable y normal.
3-El niño tiene derecho, desde su nacimiento , a un nombre y a una nacionalidad.
4-El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
5-El niño física o mentalmente impedido debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requiere su caso particular.
6-Proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso mental, descuido, negligencia o malos tratos.
7-Reducir la mortalidad infantil y asegurar la asistencia médica.
8-Implantar la enseñanza primaria obligatoria y gratuita para todos.
9-Desarrollar, mediante la educación, la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades.
10- Reconocer el derecho del niño al descanso, el juego y a las actividades recreativas.
11- Proteger al niño contra la explotación económica.
12- Promover la recuperación física y psicológica de todo niño víctima de abandono o trato cruel.
En Argentina, mi país, en la reforma constitucional de 1994 se incorporó a la Constitución Nacional la Convención sobre los Derechos del Niño.
Se incluye en el artículo Nº 75, inciso 22, entre las "Declaraciones, convenciones y pactos complementarios de derechos y garantías "
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